ALBERTO DE CASTRO TORRES
Perito Médico especialista en Neurocirugía y Medicina Legal y Forense


Datos de Contacto

DIRECCIÓN

Clínica del Rosario
Vía Romana, s/n
07800 Ibiza (Baleares)


TELÉFONOS

-


FAX

-



REDES SOCIALES

-


HORARIO

Lunes a viernes de 16h. a 20h.


PRESENTACIÓN

ALBERTO DE CASTRO TORRES

1969: Licenciado en medicina en la Universidad de Barcelona.
1971: Médico Forense (Excedente en la actualidad).
1971: Ayudante de Cirugía y Traumatología en el Hospital 18 de Julio. Palma de Mallorca (Baleares): tres años por oposición.
Beca del Ministerio de Justicia para la realización de un Trabajo de Neurocirugía sobre armas de fuego y lesiones de cráneo (Alemania).
10 años en Universidad de Bochum (Alemania): Título alemán de Neurocirugía.
Licenciado en Neurocirugía por el Ministerio de Sanidad de Munster (Alemania).
1975: Especialidad de Neurología.
1978: Licenciado en la especialidad de Neurocirugía.
1990: Formación especializada en Valoración del Daño Corporal.

NEUROCIRUJANO
1980 – 1990: Hospital la Paz (Madrid). Adjunto por oposición.
1990 – 2000: Hospital Son Dureta. Palma de Mallorca (Baleares). Adjunto por oposición.
Desde el año 2000 hasta el año 2016, Jefe del servicio de Neurocirugía de la Policlínica Ntra. Sra. Del Rosario en Ibiza (Baleares)
Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. Valoración del Daño Corporal.
Cuenta con una dilatada experiencia como especialista Forense y Neurocirujano.

Elabora informes Médico Legales para despachos de abogados con la finalidad de ofrecer un asesoramiento integral.

Está especializado en analizar los elementos adversos que con su concausa:

Con causas anteriores o preexistentes: son aquellas que ya existen anteriormente a producirse la lesión.
Con causas simultáneas: las que tienen lugar a la vez que las que provocan la lesión.
Con causas posteriores: tienen lugar después de que ocurra la lesión.

En Medicina Legal, principalmente en Clínica y Patología Forenses, el efecto suele ser un daño. Este daño va desde la lesión (física o psíquica) a la muerte. El daño, debe ser valorado integralmente, independientemente de que sea el resultado de uno o varias causas y concausas. Posteriormente, ya se considerará el modelo de imputación causal y la influencia de las concausas. El perito médico debe limitarse a exponer los hechos, determinar la causalidad y concausalidad médicas, ofrecer un modelo explicativo comprensible de la eventual relación causa-efecto, así como valorar integralmente el daño, hacen que el daño médico desproporcionado o que rompe la Lex Artis (conjunto de prácticas médicas aceptadas generalmente como adecuadas para tratar a los enfermos, que por definición es cambiante con el progreso técnico de la medicina, así como con las peculiaridades personales de cada paciente) pueden provocar un daño que no se tiene porque soportar.


MEDICINA LEGAL

INFORME Y ASESORAMIENTO MÉDICO LEGAL
Valoración Médico Legal de Incapacidades.
Valoración Médico Legal de Secuelas.
Informe Pericial Médico y asistencia a juicio como consultor médico y Périto de Parte.
Defensa del Informe en Juicio.
Asesoramiento Médico Legal.
Toxicología.

VALORACIÓN MÉDICO LEGAL DEL DAÑO
Valoración de lesiones y secuelas derivadas de accidentes y/o delitos.
Valoración de secuelas por lesiones.
Informe Pericial médico y asistencia a juicio como Perito de Parte.
Mala Praxis o error médico.

VALORACIÓN MÉDICA POR ACCIDENTE DE TRÁFICO
Informe Pericial Médico y asistencia a juicio.
Valoración del seguimiento y estudios complementarios realizados al lesionado.
Informe Médico Legal de Valoración de Secuelas.
Informe Médico Legal de la Incapacidad según Baremos.

VALORACIÓN MÉDICA POR ACCIDENTE LABORAL
Valoración Médico Legal de Incapacidades Laborales.
Valoración Médico de Incapacidad Laboral temporal o permanente.
Valoración de secuelas en accidentes de trabajo.
Informe Médico Pericial y asistencia a juicio.
Valoraciones de Enfermedad Laboral.

VALORACIÓN DE AUTOPSIA
Valoración de procedimientos y conclusiones de autopsia.
Estudios sobre la causa de muerte.


NEUROCIRUGÍA

La neurocirugía es la especialidad médica que se encarga del manejo quirúrgico (incluyendo la educación, prevención, diagnóstico, evaluación, tratamiento, cuidados intensivos, y rehabilitación) de determinadas patologías del sistema nervioso central, periférico y vegetativo, incluyendo sus estructuras vasculares, la evaluación y el tratamiento de procesos patológicos que modifican la función o la actividad del sistema nervioso, incluyendo la hipófisis y el tratamiento quirúrgico del dolor.

La cirugía neurológica abarca el tratamiento quirúrgico, no quirúrgico y estereotáctico de pacientes adultos y pediátricos con determinadas enfermedades del sistema nervioso, tanto del cerebro como de las meninges, la base del cráneo, y de sus vasos sanguíneos, incluyendo el tratamiento quirúrgico y endovascular de procesos patológicos de los vasos intra y extracraneales que irrigan al cerebro y a la médula espinal, lesiones de la glándula pituitaria, ciertas lesiones de la médula espinal, de las meninges, y de la columna vertebral, incluyendo los que pueden requerir el tratamiento mediante fusión, instrumentación, o técnicas endovasculares y desordenes de los nervios craneales y espinales todo a lo largo de su distribución.


SOLICITUD SERVICIOS

PROCESO DE SOLICITUD DE INFORME PERICIAL
1. Solicitud de Informe Pericial.
2. Aceptación del Perito (Provisión de Fondos).
3. Análisis de la Información y determinación de Información válida.
4. Concreción de Procesos necesarios y Cuantificación económica.
5. Aceptación del interesado.
6. Informe Pericial y asistencia a Juicio (si procede).

PROVISIÓN DE FONDOS
Al objeto de poder hacer frente a los gastos y honorarios devengados y por devengar, que se precisen para el desarrollo de la pericia, el périto médico podrá solicitar a quien o quienes corresponda el importe que entienda cubra tales conceptos, a cuenta del importe total de la pericia.

En caso de ser preciso incurrir en otros gastos, no determinados en principio, el perito podrá solicitar nueva provisión de fondos para atenderlos.

HONORARIOS PROFESIONALES DE LA ACTIVIDAD PERICIAL MÉDICA
El médico, valorando las circunstancias de cada caso, es libre de pactar la cuantía de sus honorarios con quien le encomiende la pericia, sin más limitaciones que las que resulten de las reglas establecidas en el código Deontológico de aplicación.

Para fijar los honorarios se tendrán en cuenta diversos factores en cada caso, tales como trabajo profesional realizado, la complejidad del estudio específico del objeto de la pericia, tiempo invertido en la ejecución y responsabilidad del asunto.

Buscador Profesional Thesauro